Buenos días mi consulta es la siguiente:
el 28 de marzo pararon a mi marido en un control de alcoholemia rutinario dio positivo con 0.8 por aire expirado,paralizaron el coche hasta que yo fuera a por el y al día siguiente tuvo juicio rápido.Le condenaron a 8 meses de retirada del carnet ,que entrego en el momento en el juzgado, y a 480 euros de multa.Hasta ahí todo claro pero mi duda surge sobre si tiene que hacer el famoso curso.Tiene todos los puntos 15,era la primera vez que le ocurría y no ha legado nada de la DGT con respecto al curso.Hoy han llamado del juzgado para que pase a recoger el carnet.¿Puede conducir o tiene que hacer el cursillo?
El delito juzgado es contra la seguridad vial por si sirve de algo.
Gracias de antemano por las respuestas.
retirado carnet por lo penal ¿tengo que examinarme?
Re: retirado carnet por lo penal ¿tengo que examinarme?
Hola que tal?
Debe siempre diferenciar lo que es por vía penal y lo que va por vía administrativa. La sentencia de la vía penal en ningún caso le restó ningún punto por ello debe tener lo 15 puntos intactos y puede conducir. Te sugiero que de todas formas que revises en la web de la dgt www.dgt.es el total de puntos que tiene, con el carne de conducir tardarás 1 minuto. Podrás comprobar que los tiene todos.
Saludos.
Debe siempre diferenciar lo que es por vía penal y lo que va por vía administrativa. La sentencia de la vía penal en ningún caso le restó ningún punto por ello debe tener lo 15 puntos intactos y puede conducir. Te sugiero que de todas formas que revises en la web de la dgt www.dgt.es el total de puntos que tiene, con el carne de conducir tardarás 1 minuto. Podrás comprobar que los tiene todos.
Saludos.
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