por favg » 09 Abr 2008, 12:18
Estimado Sr.
En el plazo de los 15 dÃas que tiene para la presentación de alegaciones y proposición de pruebas debe presentar, dirigido al organismo instructor, escrito por el que identifique al conductor en cuestión; después, esperar a que le llegue a éste último la nueva denuncia, en cuyo caso dispondrá de otros 15 dÃas para alegaciones, lo que puede ser interesante cuando hay puntos que perder, como es el caso, porque de esta forma se consigue alaragar el procedimiento administrativo, lo que puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción (6 meses) o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).
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Un Saludo.
F.A.V.G.
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